Con un mensaje claro de que es competente para el cumplimiento de la sentencia T-361 de la Corte Constitucional y que su labor se centra siempre en la protección del Páramo de Santurbán, la Procuraduría General de la Nación envió una comunicación a 63 congresistas de la República en la que señaló la importancia de concertar soluciones frente a los problemas generados por la falta de delimitación de este macizo montañoso y otras situaciones que provocan afectaciones de salud entre la población santandereana.
La Entidad sostuvo que ha sido ese acompañamiento riguroso de la Sentencia T-361 de la Corte Constitucional el que permitió establecer la existencia de daños ocasionados a las fuentes hídricas, recibir quejas y denuncias de una ciudadanía que ve cómo la administración local no permite que fluya un diálogo con el Gobierno Nacional y convertirse en un referente en la defensa de los derechos de los habitantes de este ecosistema estratégico.
En su carta, la Procuraduría destacó que las condiciones sociales, económicas, culturales y ambientales de California, Santander, requieren de “un proceso de articulación institucional más fuerte y una participación ciudadana más proactiva que permitan avanzar en niveles muy cercanos hacia la delimitación y hacia el proceso de formalización minera”.
De igual manera, el Ministerio Público indicó que es prioritario definir las áreas sujetas a procesos de formalización minera, en aras de reducir la que se realiza de manera ilegal, por lo que postergó la reunión entre comunidades y autoridades en el municipio para el 22 de agosto, de forma que el nuevo Gobierno Nacional pueda involucrarse en el proceso, y la Alcaldía del municipio avance en un plan concreto de eliminación de estas actividades que utilizan mercurio y contaminan las fuentes hídricas.
Finalmente, la Procuraduría General ratificó que, de ser pertinente, articulará a las instituciones y a la sociedad civil, en relación con iniciativas que busquen la protección del Páramo, más allá de su delimitación, a través de figuras de ordenamiento ambiental del territorio, como la declaratoria de áreas protegidas y otras medidas efectivas de conservación (OMEC), así como los procesos de sustitución y reconversión productiva para los campesinos que habitan estas áreas, para quienes la ausencia de delimitación impide la realización de su derecho al desarrollo de actividades de bajo impacto conforme a la Ley de Páramos.
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